Día de la gratuidad en la Enseñanza Universitaria

El 22 de noviembre de 1949, mediante el decreto Nº 29.397, Juan Domingo Perón suprimió todos los aranceles universitarios existentes.
Podemos recordar ese día como unos de los hitos fundantes de nuestro sistema educativo que se basa en la justicia social y el cual es el ejemplo para los países vecinos.
Desde entonces, muchos argentinos humildes y trabajadores pudieron acceder a la educación universitaria - con esfuerzo como siempre-, pero con una ayuda fundamental en la gratuidad de la matrícula.
Gobiernos posteriores, representantes de intereses minoritarios, intentaron avanzar sobre la gratuidad de la educación, pero siempre encontraron la resistencia de estudiantes y docentes convencidos de que la igualdad de oportunidades en la formación profesional es la base del desarrollo justo y sustentable de una nación.
A pesar de estos embates, el decreto de Juan Domingo Perón continuó rigiendo la educación pública superior, no siempre con el debido reconocimiento por parte de elites universitarias y culturales hegemónicas en distintas épocas.

En 2007 el Congreso de La Nación instituyó el 22 de noviembre como “Día de la Gratuidad de la Enseñanza Universitaria” para reivindicar una de las políticas de Estado de mayor importancia social, cultural, científica y económica del país.

Hoy la educación pública y gratuita es un derecho incuestionable en la Argentina.
En la UBA, debemos lograr que además de esa condición, nuestras Facultades sirvan a los intereses de nuestros ciudadanos, que les brinden mejores oportunidades de trabajo a los estudiantes y que sirvan al desarrollo de los intereses de nuestra Patria.
Por eso en este día especial, La Centeno Derecho se compromete a trabajar para seguir avanzando hacia una Universidad de todos los Argentinos, con igualdad de oportunidades para los estudiantes y al servicio del pueblo.

Pablo Serdán
La Centeno Derecho.

La injusticia en el ingreso a la justicia

Los dogmas que fundamentan un sistema de ingreso a la justicia anti- democrático.


Históricamente el Ingreso a la Justicia se fue organizando de manera tal que, hasta en la actualidad, los únicos que pueden decidir quien trabaja en los Tribunales y quien no, son los propios Jueces.

Ésta práctica arraigada en el tiempo fue generando algunos “dogmas” que pueden ser oídos en cualquier despacho o mesa de entradas de los Juzgados nacionales o provinciales:

- “El Juez debe elegir directamente quiénes son sus empleados porque debe tenerles confianza.”

- “Quienes están mejor preparados para evaluar las capacidades laborales de los nuevos empleados son los propios jueces.”

- “Siempre se ingresó a la Justicia de esta forma y es imposible cambiarlo.”

Consideramos que todos estos argumentos a favor del nepotismo son falaces.

En primer lugar, porque la relevancia de la mentada confianza se ve disminuida cuando estamos evaluando las aptitudes de un empleado público que debe cumplir una labor de servicio hacia la sociedad y no hacia sus superiores jerárquicos quienes, al igual que aquél, responden al mismo mandato: el de la ciudadanía.

No es igual la relación que mantiene un Juez con un empleado del Tribunal y el vínculo que tiene el mismo Magistrado con su empleada doméstica o con quien corta el pasto en su hogar. En el primer caso debe primar la excelencia para desempeñar el cargo y la vocación de servicio del agente; en el segundo supuesto, al fin, el parámetro debe ser la confianza del juez,

En segundo lugar, esta tradición añeja, y los dogmas mencionados, ocultan que en otros ámbitos de la función estatal, igualmente delicada, como es la función de educar y educarnos, el Estado durante muchos años ha desarrollado el conocido sistema de “acto público” para todos los cargos, sin importar la confianza de los directores y personal jerárquico, sino obedeciendo al mandato de profesionalidad que exige la sensible tarea de educar. ¿Por qué debe ser distinto el criterio a la hora de decidir quiénes serán los que imparten justicia?

El tercer argumento, aquél que esgrime la imposibilidad de cambiar un orden dado de cosas, debido al tiempo que ha transcurrido desde que se ha instaurado es claro discurso conservador repetido con el objetivo de que efectivamente se mantenga la injusticia.

Aquí, podríamos remitirnos a lo ocurrido con la lucha llevada adelante por la Unión de Empleados de Justicia de la Nación para terminar definitivamente con el trabajo esclavo en el poder judicial. ¿Cuántas veces escuchamos que terminar con los meritorios era imposible? ¿Cuántas veces nos dijeron: “esto siempre fue así”? Por suerte en aquél momento, no se bajaron las banderas de la democratización de la Justicia.

«Es justo que lo que es justo sea seguido, es necesario que lo que es más fuerte sea seguido.(…) Por tanto, hay que poner juntas la justicia y la fuerza; y ello para hacer que lo que es justo sea fuerte o lo que es fuerte sea justo»[1]

La doble injusticia del actual sistema de ingreso a la Justicia.

Lo cierto es que mediante estos razonamientos se encubre una doble injusticia respecto del régimen de ingreso al trabajo en tribunales.

La primera de ellas recae sobre los estudiantes de derecho que desean ingresar a la carrera judicial -por vocación, por voluntad de formación profesional o por una necesidad laboral-; y no tienen un familiar o un conocido de alta jerarquía vinculado con el mundo judicial que logre ubicarlos en un cargo en el escalafón de tribunales.

Se produce aquí un proceso de selectividad, mediante el cual el sistema judicial define quienes serán las personas que impartirán justicia desde los distintos estamentos de la judicatura.

Mucho se ha hablado sobre la selectividad judicial (principalmente en el derecho penal), y su capacidad de elegir a los sectores más vulnerables de la población y aplicar sobre ellos todo el peso de la ley, dejando impunes (en su mayoría) los delitos cometidos por miembros de los sectores económicamente más favorecidos; sin embargo, poco se ha hablado sobre esta otra cara del mismo proceso de selección que implica que quienes están encargados de administrar justicia provengan de los sectores sociales más acomodados, las personas con mayores recursos.

Para comprender cabalmente el asunto deberíamos dedicarnos a realizar un análisis histórico (algo que no pretendemos hacer en esta artículo) sobre la conformación misma del Poder Judicial desde sus comienzos y el componente mayoritariamente elitista de sus miembros, provenientes en gran parte de sectores con alto poder adquisitivo.

En este sentido también deberíamos realizar un estudio de la responsabilidad de las Facultades de Derecho en este tópico, recordando que estas casas de estudio desde sus comienzos fueron pensadas para pocas personas con determinados recursos (con los avances y retrocesos propios de los momentos históricos que fuimos viviendo en la Argentina)

Para resumir lo expuesto, la primera gran injusticia del actual sistema de ingreso a la Justicia, es que genera la imposibilidad -para muchísimos estudiantes de derecho- de obtener un trabajo interesante en términos profesionales y económicos.

Ahora analizaremos la segunda injusticia.

Que sólo un sector de la población se constituya como intérprete máximo de la ley, significa, cuanto menos, una injusticia en términos democráticos.

En la actualidad, lo que se conoce informalmente como la familia Judicial, es un grupo de jueces que comparten una misma visión de la realidad y un grupo de pertenencia cultural y económica, que se encuentra enquistado en el Poder Judicial desde hace bastante tiempo e interpreta lo que es el derecho en nombre de toda la sociedad, respetando los intereses de aquél sector del que provienen. Esto es lo que comúnmente se conoce como corporación.

En los últimos años han habido algunos avances muy significativos que nosotros aplaudimos, como por ejemplo la renovación de la Corte Suprema de Justica, la cual montó un cuerpo de magistrados independientes del poder Político y, lo que es aún más importante, del poder económico.

La incorporación del Consejo de la Magistratura como órgano encargado de realizar la selección y control de los Jueces en cabeza de un cuerpo colegiado integrado por distintos actores sociales, entre ellos el sector político, académico, legislativo, etc., también es un avance significativo en pos de la democratización del Poder Judicial.

Sin embargo, los que trabajamos y conocemos a fondo el funcionamiento de la justicia, sabemos que en los Juzgados, Fiscalías y Defensorías, quienes comienzan a hacer la carrera judicial son los que finalmente, luego de varios años (o no tantos), ocupan los lugares más importantes de la Magistratura.

Por este motivo, entendemos que la segunda gran injusticia del actual sistema de ingreso, es contra la democracia misma, entendida como concepto fundante de un Estado con participación de la población, con transparencia de las instituciones y en el cual se vean reflejados y acogidos los intereses y necesidades de amplios sectores de la sociedad.

¿Cuáles son los puntos que garantizan que el ingreso a la justicia sea democrático?

Entendemos que ambas injusticias, una que se da de cara a los ciudadanos en su individualidad (esta imposibilidad fáctica de ingresar a trabajar en el Poder Judicial) y otra colectiva, que nos hace pensar en qué tipo de justicia queremos en nuestro país; encuentran solución en el proyecto de ingreso democrático que presentamos hoy en la facultad de derecho e intentamos que se apruebe en la mayor cantidad de dependencias de los órganos juzgadores que resulte posible.

En cuanto a la primera de las injusticias creemos que debemos tener en claro los siguientes puntos:

Qué la convocatoria sea amplia, que se difunda a través de los medios adecuados de comunicación. Que llegue no solo a las Universidades públicas sino a las privadas también. Creemos que el Centro de Estudiantes de la Facultad de Derecho debería tomar esa tarea como propia.

Que quienes evalúen no sean solamente los jueces. Esto es imprescindible, porque si lográramos instaurar el régimen democrático de ingreso y lo dejáramos aplicar discrecionalmente por los jueces, estaríamos nuevamente en una situación arbitraria.

Que el examen pretenda evaluar los conocimientos jurídicos de los participantes, su convicción democrática y su vocación de servicio a la sociedad.

Que los concursantes mantengan el anonimato hasta después de ser evaluados. Esto evita las irregularidades y hoy en día contamos con la tecnología que puede hacer que esto funcione con precisión y transparencia.

Desde La Centeno y la U.E.J.N. entendemos que el control de los exámenes deben realizarlos el Consejo de la Magistratura (sus miembros no- jueces), la Asociación de Magistrados (que es la representación de los Jueces como sector), y el gremio representativo de los trabajadores judiciales, quien garantizaría el control de la aplicación de un proyecto de ingreso democrático.

En cuanto a la segunda injusticia, el tema es un poco más difuso y nosotros desde la Universidad, desde el cuerpo de docentes de la UBA, desde los Magistrados en actividad, desde el Centro de Estudiantes al momento de discutir los planes de estudio; debemos comenzar a discutir de una vez por todas, cual es el perfil que deben tener los trabajadores de la justicia (muchos de los cuales pueden ser futuros jueces)

Estamos en una oportunidad histórica para plantearlo, pensemos que todavía hoy en día, existen muchos jueces, fiscales y defensores que fueron nombrados durante la última dictadura militar y hay muchísimos más que han llegado a ocupar el lugar en el cual se encuentran sólo por una interna política y sin ninguna virtud jurídica.

Por eso nuestra agrupación a partir del cuatrimestre entrante propone comenzar a formarnos para la actividad judicial, queremos que los mejores juristas que día a día llevan delante el trabajo en la justicia, vengan a la facultad y nos cuenten como es el trabajo y nos brinden las herramientas necesarias para llevarlo adelante. De esta forma estaremos diciendo que el sistema de ingreso debe cambiar, que es injusto, que no corresponde que ocurra de tal o cual forma, pero al mismo tiempo estaremos diciendo que los estudiantes de derecho nos estamos preparando para ocupar esos lugares.

Bibligrafia Comparada

España

http://www.fsc.ccoo.es/comunes/temp/recursos/15717/561046.pdf

Chile

http://www.poderjudicial.cl/modulos/Transparencia_InfoPubl/Concursos/info_concursos.php?crr=9755&opc

http://enj.org/portal/biblioteca/funcional_y_apoyo/carrera_judicial/16.pdf_menu=0&opc_item=4

http://www.refdugr.com/documentos/articulos/3.pdf

http://www.juecesdemocracia.es/revista/revista%2018%20enero%201993.pdf

http://www.juecesdemocracia.es/fundacion/publicaciones/NUEVO_MODELO_DE_ACCESO_2008.pdf

[1] «Justice, force.-Il est juste que ce qui est juste soit suivi, il est nécessaire que ce qui est le plus fort soit suivi.» Pensées, edición Brunschvicg, § 298, p. 470.]


Participá

Este es un espacio para que estudiantes y trabajadores del derecho participen de la discusión sobre la democratización de la justicia y transformación de nuestra facultad.