Derecho y salida laboral

A todos los que transitamos diariamente por esta facultad se nos reconoce bajo el rótulo de “estudiantes de derecho”, y no está mal que así sea ya que somos estudiantes durante la gran cantidad de años que dura esta carrera. Sin embargo, hay un hecho que suele ser omitido: la mayoría de nosotros paralelamente trabajamos, dando nuestros primeros pasos dentro del difícil mercado laboral jurídico. Básicamente tenemos dos opciones:

Ingresar a trabajar en la Justicia

Hace unos años ingresabas a la justicia solo por contacto y para trabajar gratis!!! Todo este sacrificio podía durar meses o años, con la esperanza de ser nombrado. A este tipo de empleados se los conocía como “meritorios”.

A partir del 2007, fruto de la lucha encabezada por la Unión de Empleados de Justicia de la Nación que se plasmó en la Acordada N° 25 de la CSJN, los meritorios pasaron a estar prohibidos en el Poder Judicial de la Nación, dando fin a este método esclavista de Ingreso.

Sin embargo, desde entonces no se reglamentó ningún sistema justo, democrático, transparente y basado en los méritos de cada aspirante, razón por la cual los cargos son ocupados según el arbitrio del magistrado a cargo de cada dependencia, sin sujeción a órganos de control.

Creemos que esta omisión se contradice con una renovada oleada de reformas democráticas a nivel estatal que comenzaron en el año 2003 cuando los distintos poderes del Estado pusieron en marcha medidas tendientes a permitir el acercamiento y la participación de la ciudadanía en la conformación y el funcionamiento del sistema judicial, con el objeto de mejorar su transparencia y fortalecer su independencia. Entre ellas podemos mencionar la publicación de antecedentes de los candidatos a ocupar vacancias ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Dec. 222/2003), la creación de un procedimiento de audiencias públicas ante el Honorable Senado de la Nación para la designación de Ministros de la C.S.J.N (Dr. 192/98), la integración de la C.S.J.N con miembros del más alto nivel y prestigio o la publicidad de los procesos en trámite ante la CSJN (Ac. 35/2003, 14/2006).

Estos síntomas de mejora institucional no deben quedar limitados al control de la designación y el trabajo de los magistrados, sino que deben ser el comienzo de una reestructuración íntegra de toda la organización interna del Poder Judicial, máxime cuando parte importante de la labor diaria producida por sus dependencias transita por la seriedad y diligencia de sus equipos de trabajo, y no exclusivamente de sus titulares.

Es por todo esto que desde La Centeno Derecho consideramos que la única forma de terminar con esta histórica problemática es la creación de un régimen de ingreso meritocrático que, como eje principal, garantice el concurso imparcial y anónimo de todos los cargos. De esta manera, se asegura igualdad de oportunidades a todos aquellos ciudadanos que pretendan trabajar en la Justicia.

¿SABIAS QUE?

En la Justicia de la Provincia de Buenos Aires existe un sistema de ingreso que exige a los aspirantes la aprobación de un exámen. Luego se realiza un listado con aquellos que aprobaron, los cuales van siendo seleccionados a medida que se generan vacantes. La trampa pasa porque los jueces nuevamente eligen discrecionalmente.

Los estudiantes de derecho avanzado y abogados quedan exceptuados del examen por lo cual ingresan al Poder Judicial por la sola voluntad del titular de la dependencia.


Trabajar de manera irregular en un estudio jurídico.

Ingresar como procurador en un estudio jurídico implica pasarte la mitad del día deambulando de traje por el centro porteño entre largas colas, empinadas escaleras e infinidad de papeles, tratando de decodificar cual es la última novedad del Tribunal. En el mejor de los casos, te asignan un cubículo medio pelo en la oficina y como premio, te ponen a imprimir cédulas, oficios, testimonios y exhortos en serie durante todo el día. Podríamos pensar que la paga compensa todo tu esfuerzo pero, desgraciadamente, lejos se encuentra de satisfacer dicha expectativa. Ni por casualidad se acerca a las escalas mínimas de cualquier otra actividad, y para colmo, ni siquiera alcanza a cubrir los beneficios propios de todo régimen de contratación laboral (aportes, cobertura médica, jubilación). Terminar la carrera tampoco te asegura nada. A partir de entonces te van exigir que en prueba por la percepción de tus “honorarios” todos los meses emitas una factura que corporice la contratación de tus “servicios profesionales”.

A fin de combatir este fraudulento sistema de contratación instrumentado por gran parte de los Estudios Jurídicos de nuestro país, desde La Centeno, proponemos empezar por superar la clásica distinción entre profesionales (ilustrados que brindan servicios a terceros en la soledad de sus despachos, consultorios o estudios) y trabajadores (sujetos que hombrean bolsas en el puerto). A contramano del imaginario reinante en nuestra sociedad (y facultad), la aplicación del régimen laboral no depende del grado de formación, instrucción o estrato social de quien, bajo esa modalidad, presta servicios, sino que su determinación se vincula a la verificación de los elementos que tipifican la relación de dependencia. En la mayor parte de los Estudios, estos elementos se encuentran plenamente presentes en el esquema contractual de estudiantes y profesionales. Por supuesto, prevaliéndose del perfil universitario o profesional del contratado (vos), el vínculo es, en general, fraudulentamente simulado por los empleadores bajo el esquema de un contrato de locación de servicios sin subordinación.

Es tiempo de cambiar. Debemos dejar de representarnos a nosotros mismos como casta ilustrada de jerarquía superior. Nuestra realidad se acerca más al tipo que hombrea bolsas en el puerto que al laburo de Pablo Echarri en la novela de las 23 (nota de color, Echarri también presta servicios bajo relación de dependencia). Existe sí una sutil diferencia con el trabajador del puerto: su relación de trabajo se encuentra debidamente registrada y protegida por todas las normas que rigen la materia. La tuya no. De allí derivan la mayor parte de los abusos que diariamente experimentas. La Centeno está dispuesta a dar batalla contra el sistemas precario de contratación de estudiantes y abogados en Estudios Jurídicos. No podemos darla solos. Precisamos de tu ayuda.

SABÍAS QUE?

La Cámara Nacional del Trabajo, en su composición mayoritaria, reconoce la aplicación del art. 23 de la Ley de Contrato de Trabajo (presunción iurius tantum sobre existencia de contrato de trabajo) a la locación de servicios profesionales.

Las escalas salariales mínimas de los trabajadores bancarios asciende a $ 3801, de los trabajadores judiciales a $ 3850, de los trabajadores de comercio $ 3022.60.

1 comentarios:

Serdán 2 de junio de 2011, 16:21  

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Este es un espacio para que estudiantes y trabajadores del derecho participen de la discusión sobre la democratización de la justicia y transformación de nuestra facultad.